Televisión por suscripción – Noticias.

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No se permitirá publicidad encubierta de empresas de TV Paga, es un espacio para debatir la actualidad y los aspectos de la misma únicamente.
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#61

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GonzaCtes

Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#64

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Quieren seguir con el Curro, nadie quiere competencia, ni un pulpo como Clarín ni una pequeña Pyme, así nunca vamos a avanzar.

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Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#65

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Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#67

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Llega a la capital el servicio de televisión e internet «Rawson TV»

27 Oct 2016 00:05Hoy jueves dejará inauguradas sus oficinas «Rawson TV», grupo que en contínua expansión en Madryn y Trelew, llega ahora a la ciudad capital para ofrecer los mejores servicios de televisión estándar y de alta definción (HD), además de Internet con super velocidad de 10 MG.

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A fines de noviembre, las señales llegarán también hasta la villa balnearia de Playa Unión, tramo en el que se trabaja árduamente en la instalación de las fibras ópticas que las transportan.


A esta apertura, encabezada por el director del grupo, Hernán Egurza, fueron invitados el gobernador Mario Das Neves y autoridades de la Municipalidad de Rawson, encabezadas por la intendenta Rossana Artero. Las oficinas de Rawson TV están ubicadas en Belgrano 632, en pleno centro de la ciudad.

Hernán Egurza explicó en conversación con este medio, que «actualmente tenemos una cobertura del 50% de Rawson y seguimos cableando el resto de los barrios, y Playa Unión, donde estaremos con el servicio a fines de noviembre», según estimó.

En la capital, expuso que «había mucha gente que quería la posibilidad de optar por un servicio u otro. Se están acercando mucho al canal, están contentos los que vienen», añadiendo que por el momento «tenemos 70 canales en el básico y el sistema premium» y en cuanto a información local, «ya tenemos un móvil de noticias cubriendo Rawson», a través del Canal 12.


LOS SERVICIOS EN LA CAPITAL

Rawson TV brindará el servicio de televisión por cable, con entretenimientos con la más amplia variedad de propuestas, el mejor cine, todo el deporte, programación para niños y todo lo que querés ver. También TV digital HD, con contenidos Premium, radios y canales en alta definición, disfrutando de toda la programación desde el control remoto, con la posibilidad de contratar canales exclusivos y diferenciados para ver las 24 horas del día.

En lo referente a Internet, ofrece ya navegar con diferentes velocidades de conectividad para tu hogar. Se puede elegir hacerlo con 2MB de velocidad, como también 3, 6 y hasta 10MB.


ACOMPAÑAMIENTO DEL MUNICIPIO

La empresa reconoció el acompañamiento de la Municipalidad de Rawson para facilitar la inversión en la ciudad, como asimismo, que «siempre cuando desembarcamos en una ciudad tratamos que todo el personal sea de la ciudad. En el caso del edificio, se contrató gente de acá, pintores, contratistas, albañiles. Las compras de insumos también son de la zona, así como los técnicos y los administrativos».

Rawson TV cuenta con una grilla de 70 señales, incluido el Canal 12, con contenidos recopilados por el equipo de periodistas locales, como así también canales deportivos, infantiles, documentales, y para ver las mejores películas. Los horarios de atención de la sucursal, son: Lunes a viernes de 8 a 13 y de 16 a 19; y sábados de 9 a 13 horas.

http://www.elchubut.com.ar/nota/186832/

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Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#68

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Cablevisión presentó amparo para no pagar 8 millones de pesos a Santa Rosa

Viernes, 04 Noviembre 2016 11:33

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La empresa Cablevisión ahora presentó una medida cautelar para evitar pagar los 8 millones de pesos de deuda que tiene con la municipalidad de Santa Rosa por el uso del espacio aéreo. Sostuvo que el cobro es inconstitucional. Además, quiere sacar esa pulseada judicial de La Pampa: la presentación la hizo en Buenos Aires.



La empresa del Grupo Clarín pidió -según la presentación a la que accedió Diario Textual- que se haga "cesar el estado de incertidumbre provocado por la municipalidad de Santa Rosa y el Enacom (Ente Nacional de Comunicaciones), declarándose que la municipalidad demandada no puede establecer ni fijar gravámenes sobre el servicio de interés público interjurisdiccional sujeto a normas federales que presta" Cablevisión.

La cautelar fue presentada en el Juzgado Federal 3, a cargo de Carlos Baraldo Trillo. Ahora las autoridades municipales intentarán que este magistrado se declare incompetente y gire las actuaciones, por cuestiones territoriales, al Juzgado Federal de Santa Rosa, hoy subrogado por Luis Salas.

http://www.diariotextual.com/sociedad/i ... -rosa.html
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Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#69

Mensaje por Driver 1 »

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES


Resolución 8979 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2016

VISTO el Expediente N° 1738/16 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que por el artículo 7° del Decreto en cuestión se sustituyó el artículo 10 de la Ley N° 27.078, incorporando como servicio que podrán registrar los licenciatarios de TIC, al servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y/o radioeléctrico.
Que asimismo dicho artículo dispone que el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico se regirá por los requisitos que establece la Ley N° 27.078 y los demás que establezca la reglamentación, no resultándole aplicables las disposiciones de la Ley N° 26.522.
Que en forma concordante, el artículo 14 del mencionado Decreto modificó el artículo 38 de la Ley N° 26.522, en virtud del cual se encuentran excluidos del ámbito de su aplicación los servicios de comunicación audiovisual por suscripción que utilicen vínculo físico.
Que mediante Resolución N° 427-ENACOM/16, publicada en el Boletín Oficial en fecha 6 de abril de 2016, se definió el tratamiento procesal administrativo de diversas solicitudes que involucraban licencias y/o extensiones y ampliaciones correspondientes a los servicios por suscripción por vínculo físico o radioeléctrico pendientes de resolución.

Que en tal orden, mediante los artículos 2°, 4° y 5° de dicho acto administrativo, se estableció un plazo de TREINTA (30) días hábiles computados a partir de su publicación, a fin de que los titulares de los trámites allí indicados, efectuasen una presentación tendiente a la ratificación de los mismos bajo apercibimiento de tenerlos por desistidos.

Que por el artículo 7° de la Resolución precitada, se dispuso que los titulares de al menos una licencia de servicio de comunicación audiovisual por suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico vigente al tiempo de entrada en vigencia del Decreto N° 267/15 y los cesionarios indicados en el artículo 5° de la misma, a los efectos de la debida registración administrativa y técnica de la localización territorial de sus servicios, debían informar el área de cobertura originaria y, si las hubiere, las unidades territoriales complementarias y/o extensiones de aquella, en las que se encuentre prestando el servicio, dentro del plazo de SESENTA (60) días hábiles computados a partir del día 30 de abril de 2016.
Que por su parte, mediante el artículo 1° de la Resolución N° 1394-ENACOM/16 publicada en el Boletín Oficial en fecha 22 de abril de 2016, se aprobó el Reglamento General de los Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
Que a su vez, por los artículos 4° y 5° de dicho acto administrativo, se estableció un plazo de TREINTA (30) días hábiles contados a partir de su publicación, a fin de que los titulares de los trámites allí indicados, efectuasen una presentación tendiente a ejercer la opción por la continuación de los los mismos en los términos de la Resolución N° 432-AFSCA/11 o su adecuación a las previsiones del citado Reglamento.

Que habiendo transcurrido los plazos previstos por las normas citadas, se verifica un alto porcentaje de trámites que no han sido ratificados, registrados o cuyas opciones no se han ejercido.

Que toda vez que la modificación del régimen jurídico de aplicación a los servicios de radiodifusión por suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico se produjo encontrándose pendientes de resolución los trámites en cuestión, y a fin de morigerar las consecuencias que dicha modificación podría acarrear a los administrados, corresponde establecer un nuevo e improrrogable plazo a fin de dar cumplimiento con las obligaciones establecidas en las normas precitadas.
Que el DIRECTORIO del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del Acta N° 13.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.078, el Decreto N° 267/2015, de fecha 29 de diciembre de 2015, y el Acta N° 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, de fecha 5 de enero de 2016.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:


ARTÍCULO 1° — Otórgase un plazo único e improrrogable de TREINTA (30) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente, a fin de que los solicitantes de los trámites a que hacen referencia los artículos 2°, 4° y 5° de la Resolución N° 427-ENACOM/16 formulen las ratificaciones pertinentes, adjuntando a las mismas las Declaraciones Juradas a que refiere el artículo 9, apartado 1, incisos e), f), y g), del Anexo I del Decreto N° 764/00, bajo apercibimiento de tenerlos por desistidos con las consecuencias allí indicadas.

ARTÍCULO 2° — Otórgase un plazo único e improrrogable de TREINTA (30) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente, a fin de que los titulares de al menos una licencia de servicio de comunicación audiovisual por suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico vigente al tiempo de entrada en vigencia del Decreto N° 267/15 y los cesionarios indicados en el artículo 5° de la Resolución N° 427-ENACOM/16, informen el área de cobertura originaria y, si las hubiere, las unidades territoriales complementarias y/o extensiones de aquella en las que se encuentren prestando el servicio, a través del aplicativo disponible al efecto en la página web del ENACOM.

ARTÍCULO 3° — Otórgase un plazo único e improrrogable de TREINTA (30) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente, a fin de que los solicitantes de los trámites a que hacen referencia los artículos 4° último párrafo y 5° de la Resolución N° 1394-ENACOM/16, formulen las opciones pertinentes, bajo apercibimiento de disponer el archivo de las actuaciones.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones, Ministerio de Comunicaciones.

e. 15/12/2016 N° 95699/16 v. 15/12/2016
Fecha de publicación 15/12/2016

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#70

Mensaje por Driver 1 »

Nuevos servicios de cable en Berisso y Punta Lara Provincia de Buenos Aires.
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES


Resolución 10482 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2016


VISTO el Expediente N° 2501/13 del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y ..............................


EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:


ARTÍCULO 1° — Regístrese a nombre de la empresa TECNOLOGIA WORK OUT SOCIEDAD ANONIMA (CUIT Nº 30-70884758-1) en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764/00 de fecha 3 de septiembre de 2000, el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico.


ARTÍCULO 2° — Autorízase la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de BERISSO, provincia de BUENOS AIRES.


ARTÍCULO 3° — Emplázase a la licenciataria a presentar, dentro de CIENTO OCHENTA (180) días corridos a partir de la notificación de la presente, tanto la copia autenticada de la ordenanza o resolución municipal pertinente que autorice a su nombre el tendido aéreo de la red exterior del sistema, como la autorización del organismo o empresa propietaria de los postes a utilizarse para la fijación de la red, bajo apercibimiento de caducidad del presente acto.


ARTÍCULO 4° — Dése intervención al área competente, para proceder a la devolución del monto de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000), equivalente a la diferencia entre la suma abonada en concepto de adquisición del pliego aprobado por Resolución Nº 432-AFSCA/11 y el que corresponde abonar en concepto de costo de tramitación de las solicitudes de licencia establecido en el Artículo 15 del Anexo I del Decreto Nº 764/00; como asimismo para proceder a la devolución de la garantía oportunamente constituida.


ARTÍCULO 5° — Previo al inicio de la prestación del servicio en el área de cobertura consignada, la licenciataria deberá acreditar la instalación del sistema a través de la presentación de una certificación firmada por un Ingeniero inscripto en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), acompañando el correspondiente Certificado de Encomienda Profesional. El inicio de las transmisiones sin el cumplimiento del prenotado requisito, dará lugar a la caducidad del acto.


ARTÍCULO 6° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.

e. 18/01/2017 N° 2492/17 v. 18/01/2017
Fecha de publicación 18/01/2017
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES


Resolución 10481 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2016


VISTO el Expediente N° 1540-AFSCA/11 del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y ..............................


EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:


ARTÍCULO 1° — OTÓRGASE a la empresa SISTA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT Nº 30-70787653-7) integrada por el señor Eduardo Raúl CRUDELE, con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de participación accionaria y por el señor Mauricio Felipe ODO con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de participación accionaria, una Licencia Única Argentina Digital, que la habilita a prestar al público todo servicio de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo I del Decreto Nº 764/00 de fecha 3 de septiembre de 2000.


ARTÍCULO 2° — Regístrese a nombre de la firma SISTA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT Nº 30-70787653-7) en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764/00 de fecha 3 de septiembre de 2000, el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico.


ARTÍCULO 3° — Autorízase la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidades de PUNTA LARA, provincia de BUENOS AIRES.


ARTÍCULO 4° — Emplázase a la licenciataria a presentar, dentro de CIENTO OCHENTA (180) días corridos a partir de la notificación de la presente, tanto la copia autenticada de la ordenanza o resolución municipal pertinente que autorice a su nombre el tendido aéreo de la red exterior del sistema, como la autorización del organismo o empresa propietaria de los postes a utilizarse para la fijación de la red, bajo apercibimiento de caducidad del presente acto.


ARTÍCULO 5° — Dése intervención al área competente, para proceder a la devolución del monto de PESOS TRES MIL ($ 3.000), equivalente a la diferencia entre la suma abonada en concepto de adquisición del pliego aprobado por Resolución Nº 432-AFSCA/11 y el que corresponde abonar en concepto de costo de tramitación de las solicitudes de licencia establecido en el Artículo 15 del Anexo I del Decreto Nº 764/00, como asimismo para proceder a la devolución de la garantía oportunamente constituida.


ARTÍCULO 6° — Otorgese a la licenciataria un plazo de CIENTO VEINTE (120) días de corrido desde la notificación de la presente, a fin de acreditar la efectivización de los aportes irrevocables comprometidos por sus integrantes, bajo apercibimiento de caducidad del presente acto.


ARTÍCULO 7° — Previo al inicio de la prestación del servicio en el área de cobertura consignada, la licenciataria deberá acreditar la instalación del sistema a través de la presentación de una certificación firmada por un Ingeniero inscripto en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), acompañando el correspondiente Certificado de Encomienda Profesional. El inicio de las transmisiones sin el cumplimiento del prenotado requisito, dará lugar a la caducidad del acto.


ARTÍCULO 8° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.
e. 18/01/2017 N° 2491/17 v. 18/01/2017
Fecha de publicación 18/01/2017

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Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#71

Mensaje por Driver 1 »

Medios 25 Ene 2017 - 12:29 pm


Canales de Fox salen de la parrilla de Directv


Las empresas no llegaron a un acuerdo para la renovación de la distribución.

Por: Redacción Medios



Los canales de Fox saldrán de la parrilla de Directv en toda América Latina. Así lo informó Fox Networks Group Latin America por medio de un comunicado en el que explican que "tras varios meses de conversaciones con DirecTV Latinoamérica, lamentablemente aún no se ha llegado a un acuerdo para la renovación de la distribución de sus canales y servicios".

Es por eso que dan a conocer a los televidentes que al finalizar enero de 2017 se "interrumpirá" la "transmisión de sus contenidos", aunque especifican que continúan haciendo su mayor esfuerzo para llegar a un acuerdo.

Los canales del grupo dedicados al entretenimiento, deportes y películas (Fox, FX, Fox Sports, Nat Geo Wild y Fox1, entre otros) siguen disponibles en los demás sistemas de televisión paga. Fox emite series como "The walking dead", la más vista a nivel mundial, y "Los Simpson", la más longeva de la televisión.

http://www.elespectador.com/entretenimi ... ulo-676528

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