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Driver 1

Re: Noticias TDA.

#1581

Mensaje por Driver 1 »

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Driver 1

Re: Noticias TDA.

#1582

Mensaje por Driver 1 »

HURACAN escribió: 07 Mar 2017, 12:51 eran 16 sacaron a telesur no quedan 15?
Si sigue el FEED SD de los canales de CABA para ver el fútbol serían 16.

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batiargento

Re: Noticias TDA.

#1583

Mensaje por batiargento »

Descuentan telesur tal vez

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Driver 1

Re: Noticias TDA.

#1584

Mensaje por Driver 1 »

HURACAN escribió: 07 Mar 2017, 15:34 5 en el mux 22
2 en el 23
4 24 4
4 25

si son 15, en la nota dice 14, quisas hay un espectro q esta usurpado?
Pero cual es el misterio que contaron mal o no cuentan al canal FPT porque este año no se sabe si va?

Va con dibujito...

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Driver 1

Re: Noticias TDA.

#1585

Mensaje por Driver 1 »

HURACAN escribió: 07 Mar 2017, 20:05 el misterio? no ninguno jaja no saben nada jaja, y cobran sueldazos, y no saben cuantos canales hay
Entonces vos tampoco sabes nada contaste mal como el medio local que no creo cobren fortuna los periodistas y editores...
Que ganas de pavear en el foro tienen algunos...
Para eso me venís hacer leer?
Madre de dió!

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Driver 1

Re: Noticias TDA.

#1586

Mensaje por Driver 1 »

HURACAN escribió: 07 Mar 2017, 21:56
Driver 1 escribió: 07 Mar 2017, 20:49
HURACAN escribió: 07 Mar 2017, 20:05 el misterio? no ninguno jaja no saben nada jaja, y cobran sueldazos, y no saben cuantos canales hay
Entonces vos tampoco sabes nada contaste mal como el medio local que no creo cobren fortuna los periodistas y editores...
Que ganas de pavear en el foro tienen algunos...
Para eso me venís hacer leer?
Madre de dió!
jaja yo conte LOS CANALES QUE LLEGAN o tendrian que llegar a todo el pais
futbol para todos NO ES UN CANAL, ahi pasan eventos por fuera de caba/amba entonces no los cuentos
siempre que comento algo te metes para generar bardo, alto troll debes ser
Fenómeno paranormal si te sacan ese canal (FPT) y no vivirías en CABA-AMBA no dirías semejante pavada.
En único que siempre genera bardo y desvirtuá sos vos y por eso ya fuiste advertido varias veces y no el que escribe ahora.
Aprendé a contar o vas a pedir que el canal este registrado debidamente ante enacom para hacerlo?

Si hay algún Admin o moderador y puede sacar todos estos mensajes que no sirven de nada estaría muy agradecido.

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Driver 1

Re: Noticias TDA.

#1587

Mensaje por Driver 1 »

HURACAN escribió: 07 Mar 2017, 22:38 si que saquen los tuyos tambien, hay mucha violencia....

volvio el futbol muchachos... el ultimo semestre por la tda!!!

Alguien que te dice troll una y otra vez se queja de violencia...alto fail!

El staff sabe perfectamente lo que no sirve, pero me arriesgo a decir que después de la nota "ESTABA LISTA DESDE FINES DE 2015" y no la querían encender, que es verdaderamente lo que vale y no un conteo de canales absurdo, creo que por ahí va la cosa.

Mira que violencia intelectual la tuya que te importa el fútbol pero no querés contar el canal de fútbol que va a las provincias...

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batiargento

Re: Noticias TDA.

#1588

Mensaje por batiargento »

Shhhh muchachos besos paz y amor

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Driver 1

Re: Noticias TDA.

#1589

Mensaje por Driver 1 »

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Driver 1

Re: Noticias TDA.

#1590

Mensaje por Driver 1 »

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Última edición por Driver 1 el 18 Oct 2018, 15:29, editado 1 vez en total.

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Driver 1

Re: Noticias TDA.

#1591

Mensaje por Driver 1 »

Agregando confusión a donde ya había incertidumbre, ahora enacom dice que Crónica Tv no tiene licencia y le dió a perfil la licencia tipo operador en el canal 27, además el anexo está equivocado y no se sabe bien que quisieron hacer ni como quedarán las frecuencias en CABA.
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 1631-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2017


VISTO el Expediente Nº 3470/14 del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Nº 267/2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que a través del dictado de la Resolución N° 10.090-ENACOM/2016, de fecha 29 de diciembre de 2016, se dispuso la reorganización de la distribución de canales digitales de los servicios de televisión digital abierta correspondientes al ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, entre los sujetos autorizados, licenciatarios y procesos de selección de licenciatarios pendientes de resolución, consignados en la planilla anexa a dicho acto, asignándosele en cada caso los parámetros técnicos que al efecto se consignaron, para la prestación del servicio de televisión abierta digital en la norma ISDB-T.

Que el Artículo 2° de la prenotada resolución dejó sin efecto el llamado a concurso público para la adjudicación de una licencia para la prestación del servicio de televisión abierta digital, en el canal digital 27.1 de la banda de UHF, categoría B y formato de transmisión FULL HD1080 (tasa de transmisión de hasta 12 Mbit/s), en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que por su parte se asignó a la IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA, a través de la Resolución Nº 38-AFSCA/2015, el canal digital 21.2, con categoría B, con formato de transmisión HD720 y tasa de transmisión de hasta 6,5 Mbit/s, para la prestación del servicio de televisión digital abierta, con el estándar ISDB-T.

Que mediante el dictado del Decreto N° 1107/2016, se adjudicó a la firma PERFIL TV SOCIEDAD ANÓNIMA, una licencia para la prestación de un servicio de televisión digital abierta en la norma ISDB-T, en el canal digital 36.2, con categoría B, formato de transmisión HD720 y tasa de transmisión de hasta 6,5 Mbit/s.

Que mediante el Decreto N° 1108/2016 se adjudicó al señor Jorge Alberto FONTEVECCHIA, una licencia para la prestación de un servicio de televisión digital abierta en la norma ISDB-T, en el canal digital 27.2, con categoría B, formato de transmisión SD 576 y tasa de transmisión de hasta 3,5 Mbit/s.

Que a través de la Actuación N° 17.518-ENACOM/2016, de fecha 17 de noviembre de 2016, el licenciatario Jorge Alberto FONTEVECCHIA solicitó que se le asignara el carácter de licenciatario operador en tanto “…para el supuesto de que no estuviera adjudicado un licenciatario operador, el pliego de bases y condiciones que regla el concurso –conforme Resolución N° 39-AFSCA/15- establece la posibilidad de ejercicio de una opción por parte del licenciatario … de asumir tal rol de licenciatario operador…”. Agregando que “…a la fecha no se verifica la existencia efectiva del operador que debería multiplexar y transmitir la señal producida por mi parte, en los términos de la licencia adjudicada, circunstancia que afecta la formulación del adecuado plan de inversión para la puesta en marcha de la misma…”.

Que, en efecto, el pliego de bases y condiciones que rigió el proceso de selección a que se ha hecho referencia prevé en su Artículo 39 la posibilidad por parte del licenciatario de asumir las responsabilidades de multiplexación y transmisión, por sí o de conformidad con la modalidad prevista por el Decreto Nº 835/2011, en cuyo caso deberá cumplir con las Obligaciones del Licenciatario Operador contenidas en el “Pliego de bases y condiciones generales y particulares para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de televisión digital terrestre abierta - licenciatario operador - categorías b, c, d, e, f - sector con fines de lucro (personas físicas y personas jurídicas con fines de lucro)”.

Que la solicitud formulada resulta conteste con la finalidad de propender al desarrollo de la televisión digital abierta, asegurar la prestación del servicio por parte de los actuales licenciatarios y la atención de las legítimas expectativas que generaron las normas que han regido los procedimientos de selección de que se trata.

Que, consecuentemente, resulta oportuno el dictado del acto administrativo por el cual se acuerde el carácter de operador al licenciatario que así lo ha solicitado, en el marco de las previsiones que han regido el concurso público al que concurrió como oferente, incorporando al efecto las adecuaciones pertinentes al cuadro anexo a la Resolución N° 10.090-ENACOM/2016.

Que, asimismo, corresponde subsanar los errores materiales incurridos en la redacción de la planilla anexa a la Resolución N° 10.090-ENACOM/16, al tiempo de consignar los parámetros técnicos de la licencia adjudicada por Decreto N° 1107/2016 y del servicio identificado con la señal distintiva LS86 TV CANAL 2.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, por el Artículo 12, incisos 8) y 18) de la Ley Nº 26.522 y lo acordado en el Acta N° 17, de fecha 17 de febrero de 2017.

Por ello,

EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyase la planilla anexa a la Resolución N° 10.090-ENACOM/2016, por la que como Anexo IF-2017-03364120-APN-ENACOM-MCO del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES forma parte integrante, en un todo, de la presente Resolución.


ARTÍCULO 2° — Acuérdase a la licencia adjudicada al señor Jorge Alberto FONTEVECCHIA a través del Decreto N° 1108/2016, el carácter de operador, a cuyo fin deberá asumir las responsabilidades de multiplexación y transmisión, por sí o de conformidad con la modalidad prevista por el Decreto Nº 835/2011, dando cumplimiento con las Obligaciones del Licenciatario Operador contenidas en el “Pliego de bases y condiciones generales y particulares para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de televisión digital terrestre abierta - licenciatario operador - categorías b, c, d, e, f - sector con fines de lucro (personas físicas y personas jurídicas con fines de lucro)”, en los parámetros técnicos indicados en la planilla anexa a la Resolución N° 10.090-ENACOM/2016.


ARTÍCULO 3° — Establécese que los licenciatarios alcanzados por el Artículo 3° de la Resolución N° 10.090-ENACOM/16 deberán presentar dentro del plazo de NOVENTA (90) días de la publicación de la presente el “Plan de Apagón Analógico”, en el que deberán indicar su planificación para la conclusión del proceso de transición a que refiere el Artículo 4° del Decreto N° 1148/09 y proyectos técnicos para la utilización del dividendo digital que verifique la banda de VHF, en los términos de la norma citada en primer término.


ARTÍCULO 4° — Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.


ANEXO “CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO”
TITULAR: FENIX INTERNATIONAL S.A. (CUIT 30-70098097-5)
SEÑAL DISTINTIVA: LW3171
EMBARCACIÓN: XIN SHI JI 92
MATRÍCULA N°: 02930
IDENTIDAD DEL SERVICIO MÓVIL MARÍTIMO: 701006615
CÓDIGO HEXADECIMAL: D7A8D35555D04D1
La vigencia de la presente autorización estará condicionada a la posterior regularización del Servicio Móvil Satelital.


CLASE DE EQUIPO MARCA MODELO POTENCIA SERIE RANGO FRECUENCIA CLASE DE EMISIÓN
HF ICOM ICM-710 150W 7001211 Apéndice 17 del R.R.-UIT H3E / J3E / R3E /J2B / F1B / A1A
HF ICOM ICM-802 150W 401123 Apéndice 17 del R.R.-UIT H3E / J3E / A1A / J2B / F1B
VHF JRC NCM-1770 25W BJ25644 Apéndice 18 del R.R.-UIT F3E / G3E / G2B / F2B
VHF JRC NCM-1770 25W BJ26896 Apéndice 18 del R.R.-UIT F3E / G3E / G2B /F2B
RECEPTOR RADIOTELEFONICO JNC RAY-77V2 -------------- 25338 2182 KHz --------------
GPS SEIWA P2AC S 300 S 102 -------------- 3100466 -------------- --------------
RADAR JRC JMA-5200 MK2 10KW 11981401 -------------- --------------
RADAR JRC JMA-5300 MK2 10KW 11861311 -------------- --------------
SISTEMA DE IDENTIFICACION AUTOMATICA SAMYUNG SI-30A 12W 4908291 Apéndice 18 delR.R.-UIT G2B / G2D
RESPONDEDOR DE RADAR SARACOM SART RT-10 0,4KW 52104403 9GHz. P0N
RESPONDEDOR DE RADAR SARACOM SART-RT-10 0,4KW 52104404 9GHz. P0N
SONDA COLOR KODEN CVS-10 -------------- 01001519 -------------- --------------
SONDA COLOR KODEN CVS-841 -------------- 84102411 -------------- --------------
FAX METEOROLOGICO JRC JAX-9B -------------- GF46578 -------------- --------------
RECEPTOR NAVTEX JRC NCR-333 -------------- GA83904 518 KHz --------------
RADIOBALIZA SAMYUNG SEP-500 5W 4801448 121,5 y 406,025 MHz A3X / G2D
GPS- SONDA COLOR GARMIN GPSMAP-580 -------------- 580400107 -------------- --------------


EMPRESA SATELITAL TIPO IMN MARCA MODELO POTENCIA SERIE RANGO FRECUENCIA CLASE DE EMISIÓN
INMARSAT D+ 01085475 SKYWAVE IDP-690 72W SKYCAEC Tx: 1626,5 - 1660,5
Rx: 1525 - 1559 F2B / F2C
INMARSAT MINI C 470100498 THRANE AND THRANE TT-3027 39W 4TT0987659A0 Tx: 1626,5 - 1660,5
Rx: 1525 - 1559 F2B / F2C

La estación radioeléctrica deberá funcionar conforme a las reglamentaciones vigentes para el Servicio Móvil Marítimo, considerando el servicio radioeléctrico de 4ta categoría con horario HX.
IF-2017-00776427-APN-DNAYRT#ENACOM

e. 13/03/2017 N° 14565/17 v. 13/03/2017
Fecha de publicación 13/03/2017
https://www.boletinoficial.gob.ar/web2/ ... ALE%3D%2F0

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