EnTV - Viedma

Tanto Canales Digitales y Analógicos. Reportes, Interferencias, Calidad, Potencia, Canales Caidos
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mortal251

EnTV - Viedma

#1

Mensaje por mortal251 »

ENaCom aprobó la licencia del Canal Comunitario EnTV

El canal comunitario local podrá salir al aire tras un año y medio de gestiones. La Fundación Alternativa Popular obtuvo la Licencia para operar un Canal de Televisión en Viedma


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El directorio de Ente Nacional de Comunicaciones aprobó la adjudicación de la Licencia después de un año y medio del trámite del concurso abierto en diciembre de 2015 por la ahora inexistente Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. La Fundación había cumplido las exigencias establecidas por la Ley y el Pliego de condiciones del concurso.

La Fundación Alternativa Popular es titular de Radio Encuentro, una emisora de frecuencia modulada que funciona en Viedma desde hace más de 27 años.

EnTV es el nombre con que se identifica el nuevo canal de televisión digital. Será de recepción abierta y gratuita convirtiéndose en el primer canal de televisión abierta de producción local en Viedma. Es además uno de los primeros canales de TV de una entidad sin fines de lucro del país.

El nuevo Canal de TV que funcionó en forma experimental emitiendo en Canal 5 comenzará sus emisiones regulares con tecnología digital en poco tiempo.

En mayo pasado Radio Encuentro editó que integrantes de la Fundación Alternativa en Comunicación Popular fueron recibidos por Miguel de Godoy, titular del ENaCom por la situación que mantiene fuera del aire al canal EnTv. En esa oportunidad, Néstor Busso, contó que recibieron la promesa de que en la próxima reunión del directorio del organismo se trataría la adjudicación de la licencia del canal que presentó toda la documentación requerida en diciembre pasado.

En la conversación Godoy señaló que “en el caso de interferencias como las denunciadas por el Cable en nuestra zona, seguramente es responsabilidad de ellos, y no de una señal de televisión abierta”.

https://seniales.blogspot.com.ar/2017/0 ... canal.html

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Driver 1

Re: EnTV - Viedma

#2

Mensaje por Driver 1 »

¡No pudieron con nosotrxs! Este proyecto de comunicación sigue en pie de lucha: ENTV YA TIENE SU LICENCIA. Por primera vez la comarca Viedma-Patagones tendrá un canal local de aire, gratuito, habilitado para transmitir.
Durante más de un año y medio el ENACOM buscó excusas para no darnos lo que por derecho nos corresponde. No lograron encontrar ni una coma que justificara el negarnos la licencia. Ayer el directorio tuvo que firmar la adjudicación y hoy nos lo comunicaron.
Se abre un camino lleno de desafíos. El primero tiene que ver con transmitir en digital. Pero el compromiso se refuerza. Somos conscientes de que este logro, es un logro de la comunidad. De las y los vecinos de Viedma y Patagones que nos acompañan en los reclamos pero también en la construcción de una comunicación al servicio de todas y todos. De las y los cumpas de FARCO que defienden y ejercen todos los días el derecho a la comunicación.
Nada nos detendrá: micrófonos y cámaras para el pueblo!!!!
https://www.facebook.com/entv.viedma/

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Driver 1

Re: EnTV - Viedma

#3

Mensaje por Driver 1 »

MINISTERIO DE COMUNICACIONES
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 5184-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 16/06/2017

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-
APRUÉBANSE los actos del concurso público Nº 68 (SESENTA Y OCHO), convocado mediante
la Resolución N° 894-AFSCA/15, prorrogada y modificada por su similar Nº 1072-AFSCA/15, con el objeto de
adjudicar a personas físicas y de existencia ideal, con y sin fines de lucro, UNA (1) licencia para la instalación,
funcionamiento y explotación de UN (1) servicio de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, en el
canal digital 31.1 de la banda de UHF, con categoría K y formato de transmisión HD 720 (tasa de transmisión de
hasta 7 Mbit/s), en la ciudad de VIEDMA, provincia de RIO NEGRO, en la modalidad Licenciatario Operador.

ARTÍCULO 2º.-
ADJUDÍCASE a la FUNDACIÓN ALTERNATIVA POPULAR EN COMUNICACIÓN SOCIAL (CUIT
Nº 30-64496689-1), UNA (1) licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de UN (1) servicio de
televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, en el canal digital 31.1 de la banda de UHF, con categoría K y
formato de transmisión HD 720 (tasa de transmisión de hasta 7 Mbit/s), en la ciudad de VIEDMA, provincia de RÍO
NEGRO, en la modalidad Licenciatario Operador.

ARTÍCULO 3º.-
Establécese que la licencia otorgada por el Artículo 2º de la presente abarcará un período de DIEZ
(10) años a partir de la fecha de inicio de las emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a
solicitud de la licenciataria por DIEZ (10) años.

ARTÍCULO 4º.-
La licenciataria deberá sustituir la garantía inicial por la garantía de cumplimiento de las obligaciones
emergentes del acto administrativo de adjudicación, por un monto de PESOS DIEZ MIL CIENTO OCHENTA Y
CUATRO CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 10.184,25), dentro del plazo de QUINCE (15) días corridos de notificado
el presente acto administrativo. Dicha garantía deberá ser constituida en alguna de las modalidades previstas por
el Artículo 11 del Pliego de Bases y Condiciones y mantenida hasta el inicio de las emisiones regulares.

ARTÍCULO 5º
La licenciataria deberá presentar dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos de notificado
el presente acto, una certificación suscripta por un profesional de la Ingeniería, y adjuntar el Certificado de
Encomienda Profesional, extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y
Computación o por universidades nacionales con convenios de reciprocidad con este o con el ENTE NACIONAL
DE COMUNICACIONES, de la que surja la instalación de la infraestructura y equipamientos propuestos para la
generación de contenidos y su transporte y asimismo que la señal es suministrada al encargado de la transmisión
y multiplexación con el formato y modalidad requerida para su emisión. Dicha certificación deberá contener un
listado de los bienes imprescindibles para la prestación del servicio, los que quedarán sujetos al régimen dispuesto
por el Artículo 43 de la Ley Nº 26.522.

ARTÍCULO 6º.-
La licenciataria deberá conservar las pautas y objetivos de la propuesta comunicacional expresados
por la programación comprometida, durante toda la vigencia de la licencia. Su modificación será considerada
incumplimiento de las condiciones de adjudicación.

ARTÍCULO 7º.-
El ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES fiscalizará el cumplimiento de los compromisos
contraídos por la adjudicataria en su propuesta, además de todas aquellas obligaciones derivadas de la aplicación
de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia de servicios de comunicación audiovisual y las
establecidas en el pliego de bases y condiciones y el presente acto.

ARTÍCULO 8º.-
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas en el presente Artículo, importará la
caducidad del acto de adjudicación.

ARTÍCULO 10.-
Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.
e. 26/06/2017 N° 44099/17 v. 26/06/2017

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