Televisión por suscripción – Noticias.

📺💲 Cable, Satélite Codificado, TDT/UHF Codificado, MMDS, IPTV Pago, Cableoperadores, Comparativo de Señales etc
No se permitirá publicidad encubierta de empresas de TV Paga, es un espacio para debatir la actualidad y los aspectos de la misma únicamente.
mortal251

Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#101

Mensaje por mortal251 »

Último mensaje de la página anterior:

Promueven que los canales locales estén incluidos en la grilla de DirecTV
La Cámara de Diputados de Mendoza declaró de interés provincial que la empresa DirectTV incluyan los canales locales en su grilla de programación. Concretamente, debe dar la posibilidad a sus clientes de acceder a los canales 7, 9, Acequia y 6 de San Rafael en nuestra provincia
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de resolución, iniciativa del diputado Mario Díaz (PJ), que declara de interés de esta la Cámara el acceso libre y gratuito a los servicios de radiodifusión televisiva abierta locales, sean estatales o de gestión privada.

De esta manera, se busca que “las empresas que transmiten por satélite, como DirecTV, tengan incorporadas en sus grillas de programación los canales locales como canal 9, 7, Acequia y Señal U”, explicó el autor de la iniciativa.

Además, subrayó que “lo que estamos iniciando es un reclamo para dar participación a las realidades locales” y que los mendocinos “se enteren de lo que pasa en Mendoza”, lo mismo que “ya se logró en la provincia del Chaco”. El diputado que impulsó el proyecto comunicó que "la resolución fue tomada de acuerdo con el comunicado del ENaCom, en defensa de la libertad de expresión y la pluralidad de voces".
Por su parte, los fundamentos de la iniciativa explican que “los servicios de radiodifusión televisiva cumplen una función social y cultural que consiste en proporcionar programas o contenidos, con el objeto de informar, entretener o educar al público en general”.

“Estos servicios se encuentran regulados por la Ley N° 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual” y “resulta palmaria la trascendencia e importancia que revisten estos servicios, específicamente, los canales de televisión abierta locales, en la satisfacción de las necesidades de información, recreación y comunicación social de cada una de las comunidades en los que éstos están instalados y alcanzan en su área de cobertura, en nuestro caso, la Provincia de Mendoza”, señalan los fundamentos.
Fuente: Cámara de Diputados de Mendoza

Enlace:
BBCode:
HTML:
Ocultar enlaces al mensaje
Mostrar enlaces al mensaje
Driver 1

Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#102

Mensaje por Driver 1 »

mortal251 escribió: 18 May 2017, 06:30
Promueven que los canales locales estén incluidos en la grilla de DirecTV
La Cámara de Diputados de Mendoza declaró de interés provincial que la empresa DirectTV incluyan los canales locales en su grilla de programación. Concretamente, debe dar la posibilidad a sus clientes de acceder a los canales 7, 9, Acequia y 6 de San Rafael en nuestra provincia
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de resolución, iniciativa del diputado Mario Díaz (PJ), que declara de interés de esta la Cámara el acceso libre y gratuito a los servicios de radiodifusión televisiva abierta locales, sean estatales o de gestión privada.

De esta manera, se busca que “las empresas que transmiten por satélite, como DirecTV, tengan incorporadas en sus grillas de programación los canales locales como canal 9, 7, Acequia y Señal U”, explicó el autor de la iniciativa.

Además, subrayó que “lo que estamos iniciando es un reclamo para dar participación a las realidades locales” y que los mendocinos “se enteren de lo que pasa en Mendoza”, lo mismo que “ya se logró en la provincia del Chaco”. El diputado que impulsó el proyecto comunicó que "la resolución fue tomada de acuerdo con el comunicado del ENaCom, en defensa de la libertad de expresión y la pluralidad de voces".
Por su parte, los fundamentos de la iniciativa explican que “los servicios de radiodifusión televisiva cumplen una función social y cultural que consiste en proporcionar programas o contenidos, con el objeto de informar, entretener o educar al público en general”.

“Estos servicios se encuentran regulados por la Ley N° 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual” y “resulta palmaria la trascendencia e importancia que revisten estos servicios, específicamente, los canales de televisión abierta locales, en la satisfacción de las necesidades de información, recreación y comunicación social de cada una de las comunidades en los que éstos están instalados y alcanzan en su área de cobertura, en nuestro caso, la Provincia de Mendoza”, señalan los fundamentos.
Fuente: Cámara de Diputados de Mendoza
Como quedó redactado después del decreto 267 de 2015 DirecTv e INTV están obligados a incluir no estos canales sino a otros más.

Enlace:
BBCode:
HTML:
Ocultar enlaces al mensaje
Mostrar enlaces al mensaje
Driver 1

Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#103

Mensaje por Driver 1 »

Multivisión Rural. (Codificado UHF)
VIDEO CONVERTER SA. 22 mayo 2017- Resolución 3913-E/2017 Canales UHF: 29, 30, 31, 32, 33, 35 y 38 al 51 con Categoría C. (60 días prorrogables)

Enlace:
BBCode:
HTML:
Ocultar enlaces al mensaje
Mostrar enlaces al mensaje
Driver 1

Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#104

Mensaje por Driver 1 »

Cablevisión incluirá a Uniteve en su grilla digital

Miércoles, 24 de Mayo de 2017 Culturales, Titulares



El gerente de la Subregión Sur de Córdoba de la empresa oficializó ayer el ingreso de la señal televisiva, a través de una entrevista con Radio Universidad. De esta manera, el canal local suma una nueva pantalla de exhibición

Imagen

El 23 de junio de 2016 se inauguraba Uniteve y salía por primera vez al aire

La decisión fue difundida ayer en el programa matinal de FM Universidad por el gerente de la subregión Sur de Córdoba de Cablevisión, Martín Kess.

En diálogo telefónico con el conductor Héctor Farías, el directivo oficializó al aire la incorporación de la señal televisiva Uniteve, perteneciente a la Universidad Nacional de Villa María, a una de las empresas insignias del Grupo Clarín.

Precisamente, el canal universitario se sumará a la grilla del servicio digital y en HD (alta definición) de la filial local del cable. Es decir que los abonados a la modalidad analógica o común (la mayoría de los clientes en Villa María y su zona de influencia), no lo encontrarán en su encendido.

No obstante, de esta manera, Uniteve añadirá una nueva pantalla de exhibición, sumada a la Televisión Digital Abierta, por aire (TDA), los incipientes sistemas de cable locales (AMMA y Spinn TV), los cables cooperativos de la región y por su página oficial de Facebook.

El primer día en pantalla del servicio digital por Cablevisión será mañana, en coincidencia con el 25 de Mayo, por la frecuencia 34. El número es similar a la frecuencia que cuenta en el sistema de TDA (34.1).



“Ahora es una realidad”

“Sabíamos del esfuerzo que día a día habían puesto a esta señal y era una lástima que, desarrollando un excelente producto, no estuvieran en nuestro cable. Nosotros, por diferentes motivos, nos fuimos demorando en incluirla pero ahora es una realidad”, indicó Kess a FM 106.9.

Además valorizó que el canal sea “un puente con la universidad y un producto con voces locales”, nutrido de “profesionales con una mirada nueva”.

Por su parte, Carlos Tanus, el director del Centro Integral de Medios (CIM), que comprende a Uniteve y a la radio universitaria, puntualizó en una entrevista posterior que “hacía dos años que veníamos haciendo gestiones, incluso un año antes de la salida al aire del canal (Uniteve se inauguró con puesta televisiva el 23 de junio de 2016). Por eso es una alegría muy grande y representa el logro de haber priorizado el diálogo y el haber acercado posiciones”.



“Estaremos más expuestos”

En tal sentido remarcó que tal conducta fue “una línea definida por el rector Luis Negretti en una época donde había un enfrentamiento entre los medios universitarios con Cablevisión”.

“Esta determinación de la empresa -continuó Tanus- no solo contempla a nuestra señal sino corporativamente a todas las señales universitarias del país. Por eso, los canales de La Plata, Entre Ríos o Rosario se irán sumando a las grillas digitales de cada región”. Cabe señalar que, amparados en la nueva Ley de Medios -discutida en el Parlamento, pero aún vigente- las universidades podrían haber optado por el camino judicial de solicitud de ingreso al sistema de cable, aunque decidieron conjuntamente continuar gestionando con el cableoperador más importante del país.

Antes de felicitar al equipo técnico de Uniteve, encabezado por Carlos Díaz, Tanus agregó que “esta incorporación nos dará mayor visibilidad y, por ende, se espera mayor publicidad” y que también “estaremos expuestos a más gente viéndonos y a más críticas”.

https://www.eldiariocba.com.ar/cablevis ... a-digital/

Enlace:
BBCode:
HTML:
Ocultar enlaces al mensaje
Mostrar enlaces al mensaje
Driver 1

Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#105

Mensaje por Driver 1 »

Imagen
Última edición por Driver 1 el 25 Oct 2018, 02:19, editado 1 vez en total.

Enlace:
BBCode:
HTML:
Ocultar enlaces al mensaje
Mostrar enlaces al mensaje
mortal251

Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#106

Mensaje por mortal251 »

El ENaCom prepara el terreno para la llegada de Claro TV

El Ente Nacional de Comunicaciones aprobó la modificación del estatuto social de América Móvil Argentina, paso necesario para que la compañía de telecomunicaciones pueda ingresar en el mercado de televisión de pago.

Ya faltan pocos meses para que se abra el mercado argentino de los medios y las telecomunicaciones, cuando el 1 de enero de 2018 se ponga en marcha de la Ley de Comunicaciones Convergentes aprobada a comienzos de este año por el gobierno de Mauricio Macri.

Y, días después de que las asambleas de accionistas de Telecom y Cablevisión aprueben su fusión -lo que permitirá al nuevo gigante ofrecer cuádruple play en Argentina-, un nuevo movimiento de fichas ocurre en estos tiempos de convergencia.

Mediante una resolución oficial, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom) argentino autorizó a Claro (América Móvil, AMX Argentina S.A.) a modificar el objeto social de su estatuto, que había sido aprobado en una Asamblea de Accionistas en 2015.

En la nueva descripción de actividades de AMX Argentina se incluye la "prestación de servicios de Comunicación Audiovisual. Estos servicios comprenderán todas y cualesquiera de las modalidades, sistemas (actuales o futuros) de esas prestaciones, bajo cualquier denominación actual o futura y con cualquier tecnología actualmente conocida o a conocerse en el futuro durante la duración de la sociedad".

Se trata de un paso previo necesario para que la compañía pueda comenzar a ofrecer TV paga en el país.

Si bien desde 2018 las compañías de telecomunicaciones estarán autorizadas a brindar servicios de televisión de pago, el decreto que lo permite establece que debe ser por vínculo físico.

Esto deja fuera la tecnología satelital, por la cual Claro Video brinda televisión en la mayoría de países.

No obstante, las telcos -entre ellas América Móvil de Carlos Slim- vienen reclamando que la apertura sea real y permita también la competencia en el sector DTH, donde actualmente, por decreto, la única compañía autorizada para ofrecer TV paga es Directv (AT&T).

Fuentes aseguran que el gobierno argentino tendría intenciones de hacerlo una vez se ponga en marcha el nuevo ecosistema audiovisual y de telecomunicaciones.

https://seniales.blogspot.com.ar/2017/0 ... ra-la.html

Enlace:
BBCode:
HTML:
Ocultar enlaces al mensaje
Mostrar enlaces al mensaje
mortal251

Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#107

Mensaje por mortal251 »

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2017 - Año de las Energías Renovables
Resolución
Número:
Referencia:
EXP/CNT N° 8431/95 ACTA 23
VISTO el Expediente Nº 8.431/1995 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES y,
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES, Organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de aplicación de las
Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y
competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL.
Que mediante presentación de fecha 16 de junio de 2016 AMX ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA
informó a este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES que mediante Acta de Asamblea de
Accionistas N° 63 celebrada el 8 de julio de 2015 se aprobó una reforma del Artículo 3° del Estatuto social
de la empresa.
Que de la copia del Acta citada surge la modificación propuesta para el Artículo 3º del Contrato Social, a
saber
“La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros, tanto dentro del territorio
de la República Argentina como en cualquier otro país, las siguientes actividades: Prestación de servicios
de tecnología de la información y las Comunicaciones (“TIC”), sean servicios fijos, móviles, alámbricos,
inalámbricos o cualquier otro. Prestación de servicios de Comunicación Audiovisual (“SCA”). Estos
servicios comprenderán todas y cualesquiera de las modalidades, sistemas (actuales o futuros) de esas
prestaciones, bajo cualquier denominación actual o futura y con cualquier tecnología actualmente
conocida o a conocerse en el futuro durante la duración de la sociedad e incluirá, a título meramente
enunciativo y sin que importe excluir otras actividades no mencionadas en el presente, las siguientes
actividades: (i) participar en las licitaciones, concesiones y demás mecanismos de contratación públicos
y/o privados, (ii) celebrar contratos, acuerdos, adquirir, derechos y contratar obligaciones de cualquier
clase y naturaleza, (iii) importar y exportar mercaderías, equipamientos, sistemas y demás bienes o
servicios, desde y hacia cualquier otro país, (iv) comprar, vender, dar y tomar en locación, arrendamiento,
comodato o bajo cualquier otro título bienes muebles o inmuebles, equipamiento, infraestructura, bienes y
servicios de todos tipo (v) prestar y/o contratar, servicios de TIC y SCA (vii) adquirir bajo cualquier título,
las licencias, frecuencias, permisos, habilitaciones y demás autorizaciones, nacionales, provinciales y/o
municipales, públicas y/o privadas, (viii) comprar, vender dar o tomar en locación, comodato o bajo
cualquier otra figura jurídica, los equipos, accesorios, instrumentos y demás bienes de, o vinculados con
los servicios de TIC y SCA, (ix) tomar y prestar servicios de reparación y mantenimiento y (x) realizar
cualquier hecho y/o acto relacionado en forma directa o indirecta con su objeto social. Asimismo, la
sociedad podrá intervenir en toda otra licitación relativa a la concesión de otras licencias para servicios
de TIC, SCA y tecnología análoga en el país y/o extranjero, convocadas por autoridad competente, o en
adjudicación contractual de otra naturaleza. A tal fin la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para
adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos y celebrar todos los contratos sean de
la naturaleza que fueren, en tanto se relacionen con los fines de la sociedad y no sean prohibidos por la
ley o por este estatuto...”.
Que dicha modificación fue inscripta ante la Inspección General de Justicia el 21 de septiembre de 2015.
Que debe señalarse que el Decreto N° 266/1998 aprobó el Reglamento del Servicio de Comunicaciones
Personales (PCS).
Que el Decreto N° 301/1999 aprobó el Pliego para la adjudicación de licencias para la prestación del
Servicio de Comunicaciones Personales (PCS), así como también que la Resolución 575/1993 del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS aprobó el Pliego para el Servicio
de Telefonía Móvil (STM) ratificada por el Decreto N° 1.461/1993.
Que en las normas antes mencionadas se previó que las licenciatarias debían tener por objeto exclusivo la
prestación de servicios de telecomunicaciones, excepto radiodifusión.
Que, con fecha 16 de diciembre de 2014 fue sancionada la Ley N° 27.078 de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones, modificada por el Decreto N° 267/15, que en su Artículo 9º dispuso
que
“Las licencias se otorgarán a pedido y en la forma reglada, habilitando a la prestación de los
servicios previstos en esta ley en todo el territorio de la Nación Argentina, sean fijos o móviles, alámbricos
o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia.” A
grega que
“Los
licenciatarios de los servicios previstos en esta ley podrán brindar servicios de comunicación audiovisual,
con excepción de aquellos brindados a través de vínculo satelital, debiendo tramitar la licencia
correspondiente ante la autoridad competente.”
Que el Artículo 9º también reza que
“...los licenciatarios de servicios de comunicación audiovisual podrán
brindar Servicios de TIC, debiendo tramitar la licencia correspondiente ante la Autoridad de Aplicación de
la presente ley. Quedan exceptuados los licenciatarios de servicios públicos relacionados con el ámbito de
aplicación de la presente ley, de las disposiciones contenidas en los Artículos 24 inciso i) y 25 inciso d) de
la Ley N° 26.522, sean éstas personas físicas o jurídicas respectivamente”.
Que a su vez, el citado inciso d) del Artículo 25 de la Ley N° 26.522, modificado por el Decreto N°
267/2015, establece: ...“
Las
personas de existencia ideal como titulares de licencias de servicios de
comunicación audiovisual y como socias de personas de existencia ideal titulares de servicios de
comunicación audiovisual deberán reunir al momento de su presentación al proceso de adjudicación de la
licencia y mantener durante su vigencia, las siguientes condiciones:(...) d) No ser titular o accionista que
posea el diez por ciento (10%) o más de las acciones o cuotas partes que conforman la voluntad social de
una persona jurídica titular o accionista de una persona jurídica a quien el estado nacional, provincial o
municipal le haya otorgado una licencia, concesión o permiso para la prestación de un servicio público”.
Que la Ley Nº 27.078 “Argentina Digital” –modificada por Decreto N° 267/2015- es una norma de orden
público y que por medio de las disposiciones citadas, se permite a las licenciatarias de servicios TIC prestar
servicios de comunicación audiovisual, siempre y cuando se encuentren en el marco de las condiciones
previstas normativamente y cumplan con los requisitos que para cada registro se requieran.
Que por otra parte, y respecto al servicio de radiodifusión por suscripción (actualmente servicio TIC) debe
tenerse presente lo dispuesto por el Artículo 94 de la Ley N° 27.078, según texto modificado por el Decreto
N° 267/15, y las disposiciones del Decreto N° 1.340/16.
Que el plexo normativo que conforma la normativa citada se encuentra dirigido a asegurar que la
convergencia tecnológica entre los servicios de comunicación audiovisual y las denominadas tecnologías de
la información y las comunicaciones, posean un adecuado y homogéneo marco normativo, y que el mismo
está dirigido a facilitar el proceso de convergencia en curso y evitar la consagración de limitaciones
normativas a este proceso.
Que igualmente, cabe agregar que el cambio de objeto social, no implica autorización para la prestación de
servicio alguno, debiendo la Licenciataria en trato, tramitar y obtener por ante este ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES, la habilitación y/o permiso pertinente.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL
DE COMUNICACIONES.
Que ha tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos, conforme lo
establecido en el Acta de Directorio N° 17, de fecha 17 de febrero de 2017.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 267/2015 y el
Acta de Directorio Nº 1 de fecha 5 de enero de 2016 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y
lo acordado en su Acta N° 23 de fecha 17 de agosto de 2017.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Regístrese la modificación del objeto social del estatuto de AMX ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA, aprobada mediante Acta de Asamblea de Accionistas N° 63, celebrada el 8 de
julio de 2015 inscripta el 21 de septiembre de 2015 por ante la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA,
del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional
de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el
Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1.759/72, T.O.
1991.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.

Enlace:
BBCode:
HTML:
Ocultar enlaces al mensaje
Mostrar enlaces al mensaje
mortal251

Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#108

Mensaje por mortal251 »

Luz verde para que las telefónicas den TV satelital

El titular del ENaCom confirmó que la medida está en estudio y que saldrá por un DNU presidencial. Además reveló que el Estado recuperó el espectro que en 2014 se le había adjudicado a la firma Arlink de Daniel Vila, quien nunca pagó por ese activo. Planteó cambios en la regulación, pese a los reclamos de los cableros
Por: Alejandro Alfie
“Es muy probable que las telefónicas den televisión satelital”, dijo este mediodía el presidente del Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom), Miguel de Godoy, en una rueda de prensa, después de la inauguración de las 27 Jornadas Internacionales de la televisión por cable. Esa modificación en la normativa va a salir en un DNU del presidente Mauricio Macri, “probablemente antes de fin de año, cuidando a las localidades más pequeñas”, agregó De Godoy.

El plan oficial es que Telefónica, Claro y Telecom puedan ingresar el 1° de enero al sector audiovisual, para dar televisión satelital y por cable en localidades con más de 80.000 habitantes.

Los operadores de la televisión por cable habían expresado minutos antes sus quejas contra el ingreso de las telefónicas en la TV satelital, durante el acto de inauguración de las Jornadas. “Las telefónicas no invirtieron y presionan para brindar contenidos con servicios satelitales, sin desplegar redes en el país”, planteó Walter Burzaco, presidente de la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC). Y aclaró que, en realidad, “lo que hoy les dificulta dar servicios acordes a la demanda del público es el resultado de no tener redes fijas de avanzada”.

De todos modos, Burzaco destacó que hay “armonía” entre el Gobierno y la industria. Y reclamó “protección para las pymes que operan en localidades con menos de 80.000 habitantes”.

“Es que Telefónica se inclina por la TV satelital, similar a la de DirecTV, antes que dar televisión paga por banda ancha, porque no planea ir en lo inmediato a una convergencia tecnológica”, señaló un especialista del sector, que pidió mantener su anonimato. Con esa estrategia, Telefónica tiene más de 5 millones de abonados a la TV paga en la región, con pocas excepciones, donde ofrece el servicio por las redes de banda ancha.

Según detalló a Efe Walter Burzaco, esta feria es un escenario ideal donde se exhibe la última tecnología y donde los operadores pueden acceder a ella, así como a diversas charlas académicas y regulatorias.

Para Burzaco, una de las principales misiones del evento es trasladar la estabilidad del sector que "anda bien parejo", según explicó, a pesar de los vaivenes económicos del país y de la entrada de nuevos competidores, como las plataformas digitales de televisión bajo demanda.

"Acá no se han desconectado los abonados como en otros países, la televisión por cable es un servicio muy apreciado, especialmente en las ciudades del interior, donde los cables producen contenidos locales, noticieros locales con información que le importa a la gente. Ese es nuestro principal valor", aseguró.

De todos modos, las otras dos telefónicas también brindan TV satelital: América Móvil es el dueño de Claro en la Argentina y es uno de los mayores prestadores del servicio satelital en la región; mientras que Telecom tiene una filial en Paraguay, que también ofrece TV satelital, similar a la que podría brindar en la Argentina.

Sin referirse específicamente a la problemática de la TV satelital, el ministro de Modernización, Andrés Ibarra, señaló que “el sector precisa previsibilidad y normativa adecuada”. Por eso, destacó que se va a iniciar un proceso de diálogo “para construir un proceso armónico, ordenado y que resulte en un mejor futuro para los argentinos”.

También participó del Acto Inaugural de las Jornadas el presidente de la Cámara de Programadores y Productores de Señales Audiovisuales (CAPPSA), Sergio Veiga, quien consideró que desde el Gobierno generan “buen diálogo y comprenden la importancia de lo que este sector produce”.

Los directivos y funcionarios hicieron el Acto Inaugural en un hotel de Puerto Madero, en Buenos Aires, ante más de 150 personas. Entre los asistentes estaban Agustín Garzón, gerente ejecutivo de ENaCom; Rodrigo de Loredo y Henoch Aguiar, presidente y vicepresidente de Arsat, respectivamente; los directores del ENaCom Silvana Giudici, Miguel Giubergia y Guillermo Jenefes; Carlos Arreceygor, secretario general del gremio de la televisión SATSAID; Sergio Gelman, secretario general del Sindicato de Locutores; y Emilio Laferriere, vicepresidente de Radio y Televisión Argentina.

Las telefónicas ya prueban el satélite
El titular del ENaCom confirmó que la medida está en estudio y que saldrá por un DNU presidencial. Además reveló que el Estado recuperó el espectro que en 2014 se le había adjudicado a la firma Arlink de Daniel Vila, quien nunca pagó por ese activo.
Por: Fernando Krakowiak
El titular del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), Miguel de Godoy, confirmó ayer que el gobierno está evaluando la posibilidad de que las telefónicas brinden televisión vía satélite a partir del año próximo. “Creo que es muy probable”, aseguró al ser consultado por PáginaI12 en un encuentro que mantuvo con periodistas durante las Jornadas Internacionales de TV por Cable organizadas por la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC). El funcionario reveló además que el Estado recuperó el espectro radioeléctrico que le fue adjudicado por licitación a la firma Arlink de Daniel Vila, quien nunca pagó por ese activo. También sostuvo que el proceso de evaluación de la fusión entre Telecom y Cablevisión “va a llevar no menos de 3 o 4 meses”.

En la inauguración de la jornada, el titular de ATVC, Walter Burzaco, acusó a las telefónicas de estar presionando para entrar al mercado de contenidos con servicios satelitales sin tener que invertir en redes. PáginaI12 publicó el 26 de agosto que el gobierno tiene decidido habilitar a las telefónicas como forma de equilibrar la cancha luego de la fusión entre Telecom y Cablevisión. De Godoy lo confirmó ayer ante un grupo de periodistas.

¿Qué opina sobre la posibilidad de que las telefónicas brinden televisión vía satélite?
Creo que es muy probable.

¿Estará antes de fin de año?
Depende de un decreto del presidente.

¿Tiene que ser un DNU?
Sí.

¿En qué condiciones sería?
No lo sé porque es un decreto que tiene que hacer el presidente, pero estimo que se lo tratará de hacer cuidando el ecosistema de las pymes y las localidades más pequeñas.

Otra de las limitaciones que tienen las telefónicas surge del decreto 1340 de diciembre del año pasado. En el artículo 5 se establece que a partir de enero solo podrán brindar televisión en el área metropolitana de Buenos Aires y en las ciudades de Rosario, Santa Fe y Córdoba. Para el resto del país deberán contar con el permiso del ENaCom, con excepción de las ciudades de menos de 80 mil habitantes, donde se protegerá a cooperativas y pymes.

La protección contempló localidades chicas y también ciudades como Mendoza –le recordó este diario.
Contempló hasta 600 mil habitantes.

Es un techo bastante alto
Se puede llegar a reconsiderar antes del 1 de enero, pero no el límite de 80 mil habitantes. Va a ser a través de una resolución del ENaCom

¿También se puede reconsiderar el tope de espectro por operador?
También está en evaluación. Es una atribución que tiene el Ministerio de Modernización. Lo que después hace el ENaCom con el nuevo tope es ver quien lo excede.

¿En que situación se encuentra el espectro que tenía Arlink? –le consultó PáginaI12.
Lo devolvió. Lo tiene el Estado desde hace más de diez días. Ha resignado su posición judicial. Firmó un convenio con el Estado que lo homologó el juez en Mendoza.

¿Qué van a hacer con ese espectro?
Vamos a poner a disposición todo el espectro, pero hay que ser pacientes. Hay que ver si las empresas fusionadas devuelven espectro, en qué cantidad y en que bandas lo tenemos.

¿Cómo fue el acuerdo con Daniel Vila?
Ellos resignaron su pretensión judicial. Lo hicieron en diálogo con el Estado.

¿A cambio de qué?
El Estado también ha resignado hacerles juicio con respecto a ese espectro y nada más.

Habían puesto una caución
Nos pidieron que no ejecutáramos el seguro de caución y nosotros accedimos. Recuperaron la caución y nosotros recuperamos el espectro que es lo más valioso y lo que más necesitamos.

¿De cuánto era la caución?
Veinte millones de dólares, poco al lado de lo que vale el espectro. Pero no solo pensemos en el valor económico sino en la necesidad que existe de espectro. Pensemos que son aproximadamente 60 megas los que están a disposición. Es muchísimo. Para el usuario es mucho más beneficioso disponer del espectro que el Estado ejecute o no una caución.
Fuentes: Clarín, PáginaI12 y Agencia EFE

https://seniales.blogspot.com.ar/2017/0 ... s-den.html

Enlace:
BBCode:
HTML:
Ocultar enlaces al mensaje
Mostrar enlaces al mensaje
Driver 1

Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#109

Mensaje por Driver 1 »

Otra vergüenza por fuera de la ley (DNU macrista) si se da lo que dice este pseudo periodista.
Las telco como toda empresa local tiene que invertir en infraestructura como el resto de los operadores de cable, salvo que la lluvia de inversiones ya se haya dejado de lado o fuera solo humo como hasta ahora.
Las cooperativas y Pyme no solo funcionan en ciudades pequeñas entonces esto sería el acta de defunción vía decreto presidencial, compitiendo con empresas que no tienen que pagarles a los municipios y a las provincias por el espacio aéreo o subterráneo, que no tienen inversiones en redes ni mucho menos el capital de los pulpos extranjeros.

No se entiende el apuro en ningún sentido, son las mismas empresas con servicios ineficientes en telefonía, así que los servicios no van a mejorar y se le agrega los problemas de los cortes de señal por lluvia. Otra mentira que queda de lado es que bajen los precios, estas empresas siempre están muy de acuerdo en poner un piso alto de abono para asegurar astronómicas ganancias en cualquier negocio que tengan.

Enlace:
BBCode:
HTML:
Ocultar enlaces al mensaje
Mostrar enlaces al mensaje
mortal251

Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#110

Mensaje por mortal251 »

¿Lo pidió Clarín? ENaCom impone nuevas condiciones incluir señales en la grilla de los cables

El Ente Nacional de Comunicaciones publicó hoy una nueva resolución 5160-E/2017 en la que obliga a las señales locales como requisito para acceder a las grillas de cualquier cableoperador un mínimo de 12 horas de transmisión en vivo, sin que esto garantice la inclusión, que quedará sujeta a un acuerdo entre partes.

La resolución parece redactada a medida del Grupo Clarín, que se niega sistemáticamente a incorporar nuevas señales locales o regionales con el argumento de que no hay espacio. Ahora le suman una cantidad de programación en vivo con un mínimo de 12 horas. En Santa Fe Cablevisión tiene fuera de su grilla analógica, y también de Flow, al Canal Público de la provincia de Santa Fe 5RTV. En Buenos Aires continúa la lucha de QM Noticias que pide la incorporación a la grilla.

Beneficios para La NaciónEn abril de 2017, el ENaCom dispuso "que los titulares de Licencia Única Argentina Digital con registro de radiodifusión por suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico, en sus grillas analógicas y digitales; y de licencias de comunicación audiovisual por suscripción por vínculo satelital (DTH) deberán garantizar la emisión de la señal de noticias de interés nacional denominada LN+ en todo el territorio de la República Argentina"

Ente Nacional de Comunicaciones
Resolución 5160-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2017
Visto el Expediente N° 1.154/10 del Registro de la ex Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual y,

Considerando:
Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el Ente Nacional de Comunicaciones, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de la ex Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Que por el Artículo 7º del citado Decreto se sustituyó el Artículo 10 de la Ley Nº 27.078, incorporando como servicio que podrán registrar los licenciatarios de TIC, al servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y/o radioeléctrico.

Que mediante Resolución Nº 1.394-ENaCom/16 se aprobó el “Reglamento General de los Servicios de Radiodifusión por Suscripción Mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico”, a cuyas disposiciones quedara sujeta la prestación de los mismos.

Que el Artículo 12 del citado Reglamento detalla las señales que los titulares de Licencia Única Argentina Digital con registro de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y/o radioeléctrico deberán garantizar en sus respectivas áreas de cobertura, de conformidad con el principio de neutralidad de red.

Que el Artículo 65 inciso 3° de la Ley N° 26.522, relativo a las obligaciones vinculadas al ordenamiento de la grilla de los servicios audiovisuales por suscripción de televisión por recepción fija, reza: “…a. Deberán incluir sin codificar las emisiones y señales de Radio Televisión Argentina Sociedad del Estado, todas las emisoras y señales públicas del Estado nacional y en todas aquellas en las que el Estado nacional tenga participación; b. Deberán ordenar su grilla de programación de forma tal que todas las señales correspondientes al mismo género se encuentren ubicadas en forma correlativa y ordenar su presentación en la grilla conforme la reglamentación que a tal efecto se dicte, dando prioridad a las señales locales, regionales y nacionales; … f. ….deberán incluir, sin codificar, las señales abiertas generadas por los Estados provinciales, por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipios, y por las universidades nacionales; g. … incluir como mínimo una (1) señal de producción nacional propia que satisfaga las mismas condiciones que esta ley establece para las emisiones de televisión abierta; h. … un mínimo de señales originadas en países del MERCOSUR y en países latinoamericanos con los que la República Argentina haya suscripto o suscriba a futuro convenios a tal efecto, y que deberán estar inscriptas en el registro de señales previsto en esta ley…”.

Que, mediante el dictado del Decreto Nº 1.225/10 se aprobó la reglamentación de la citada ley, fijando en su Artículo 65 el orden y la modalidad de organización de las señales integrantes de las referidas grillas, atendiendo a los principios definidos en la norma reglamentada.

Que la Resolución N° 296-AFSCA/2010 y las posteriores complementarias establecieron las pautas para el ordenamiento de las grillas de programación de los titulares de servicios de comunicación por suscripción de televisión por recepción fija.

Que, a su vez, la Ley N° 26.522 dispone que los servicios de radiodifusión abiertos deben ser recibidos por el público de manera libre y gratuita. Esta protección, debe compatibilizarse asimismo, con la promoción y protección de la producción, promoción y difusión de contenidos locales y regionales.

Que, en ese sentido, resulta necesario garantizar la igualdad de condiciones en la difusión de señales de contenidos de interés local que contribuyan a la vigencia de la pluralidad y al fortalecimiento del federalismo y la libertad de expresión.

Que todo ello en consonancia con lo establecido por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en cuanto a que es deber de los Estados “En general, adoptar un marco legal y regulatorio que promueva los derechos de distintas personas y grupos al acceso y uso de medios y tecnologías digitales para difundir sus propios contenidos y recibir contenidos relevantes producidos por terceros” (Declaración Conjunta sobre la Universalidad y el Derecho a la Libertad de Expresión, 2014).

Que teniendo en cuenta lo dispuesto por el Artículo 12 inciso d) de la Resolución N° 1.394-ENaCom/16 respecto de las señales de noticias nacionales resulta oportuno garantizar y resguardar el ejercicio de acceso a la información plural y federal estableciendo las características que las mismas deberán mantener.

Que la modificación del Artículo 12 propiciada, impacta en la normativa dictada como consecuencia de la anterior reglamentación.

Que, asimismo, corresponde acordar a la categoría de señales referidas en el considerando precedente, las mismas garantías que se le acuerdan a las categorías de señales contenidas en el inciso c) del Artículo 12 del reglamento aprobado por Resolución N° 1.394-ENaCom/16, es decir, asegurar su distribución en cada área de cobertura autorizada.

Que, a efectos de la individualización de las señales que encuadren en la norma que por la presente se modifica, la Dirección Nacional de Servicios Audiovisuales, deberá indicar aquéllas señales cuyo eje temático sea programación informativa eminentemente federal, vinculada a los ámbitos regional, provincial y local, además del contenido informativo internacional y nacional, que serán pasibles del tratamiento previsto para los servicios consignados en el citado inciso c), en tanto acrediten Veinticuatro (24) horas de transmisión, de las cuales Doce (12) deben ser en vivo.

Que, en consecuencia y a fin de resguardar los principios ut supra referidos, los licenciatarios de Licencia Única Argentina Digital con registro de servicios de radiodifusión por suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico deberán garantizar por área de cobertura autorizada, la presencia de las categorías de señales definidas en el Artículo 12 del citado reglamento.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este Ente Nacional de Comunicaciones.

Que, asimismo, ha tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos, conforme lo establecido en el Acta de Directorio Nº 17 del Ente Nacional de Comunicaciones de fecha 17 de febrero de 2017.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27.078, el Decreto Nº 267/2015, de fecha 29 de diciembre de 2015, el Acta de Directorio Nº 1 del Ente Nacional de Comunicaciones, de fecha 5 de enero de 2016 y el Acta Nº 27, de fecha 7 de diciembre de 2017.

Por ello,
El Directorio del Ente Nacional de Comunicaciones
Resuelve:
Artículo 1°.- La inclusión de las señales correspondientes a los servicios licenciatarios de televisión abierta, previstos en el Artículo 12, inciso c) del reglamento aprobado por Resolución N° 1.394- ENaCom/16, quedará sujeta a las condiciones convenidas entre las partes. Su puesta a disposición en forma gratuita por parte del titular de la licencia del servicio de televisión abierta generará la obligación de su inclusión.

Artículo 2°.- Sustitúyase el inciso d) del Artículo 12 del reglamento aprobado por Resolución N° 1.394- ENaCom/16, que quedará redactado de la siguiente manera: “d.- La inclusión de aquéllas señales cuyo eje temático sea programación informativa eminentemente federal, vinculada a los ámbitos regional, provincial y local, además del contenido informativo internacional y nacional, individualizadas por el ENaCom como tales, que serán pasibles del tratamiento previsto para los servicios consignados en el inciso c) del presente, en tanto acrediten Veinticuatro (24) horas de transmisión, de las cuales Doce (12) deben ser en vivo.”.

Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.

Fuente https://seniales.blogspot.com.ar/2017/1 ... uevas.html

Enlace:
BBCode:
HTML:
Ocultar enlaces al mensaje
Mostrar enlaces al mensaje
Driver 1

Re: Televisión por suscripción – Noticias.

#111

Mensaje por Driver 1 »

Lo que dice el articulo primero es que un canal de televisión abierta puede negarse a prestar su señal en forma gratuita a las cableras y de esta forma podría cobrar a los servicios de cable como se hace con la mayoría de los canales, anteriormente el canal estaba obligado a ceder su señal sin cobrar nada a cambio. En otros países esto trajo varios problemas legales y perdidas de canales a los usuarios de cable obligados por ejemplo a colocar una antena VHF-UHF para verlos. Posdata... si lo hubiera hecho sería un total escandalo por quererle cobrar a las cableras las señales de aire...
El articulo segundo es otro de los mamarrachos típicos del enacom equiparando las señales de noticias con las locales de aire que poco tienen que ver, más allá que pedirles 12 horas en vivo a las señales de noticias es lo mínimo me parece, hasta los días de semana se podría pedir 18 Hs, pero lo que dice el articulo es que para cobrarle a las cableras tiene que ser un verdadero canal de noticias y no solo figurar en algún listado de enacom o quien venga.

Enlace:
BBCode:
HTML:
Ocultar enlaces al mensaje
Mostrar enlaces al mensaje
Responder

Create an account or sign in to join the discussion

You need to be a member in order to post a reply

Create an account

Not a member? register to join our community
Members can start their own topics & subscribe to topics
It’s free and only takes a minute

Registrarse

Sign in

  • Temas similares
    Respuestas
    Vistas
    Último mensaje
  • Hay retrasos y frenos en el pasaje a la televisión digital
    por
    No User Avatar
    z3r3lk
    » » en Noticias
    2 Respuestas
    4448 Vistas
    Último mensaje por
    No User Avatar
    z3r3lk

  • Presidenta Bachelet promulgó la ley de televisión digital te
    por
    No User Avatar
    rogerio24
    » » en Noticias
    0 Respuestas
    3581 Vistas
    Último mensaje por
    No User Avatar
    rogerio24

  • Instalar y Configurar Televisión Digital Satélite
    por
    No User Avatar
    Jason2000
    » » en ▷ Antenas y LNB's
    27 Respuestas
    20589 Vistas
    Último mensaje por
    No User Avatar
    digitalsantafe

  • La televisión cubana transmitirá la Copa Mundial Brasil 2014
    por
    No User Avatar
    arcadipan
    » » en Canales
    1 Respuestas
    5511 Vistas
    Último mensaje por
    No User Avatar
    leonidas83glx

  • Historia de la televisión en Argentina (I)
    por
    No User Avatar
    Jason2000
    » » en ✅ Argentina
    85 Respuestas
    50075 Vistas
    Último mensaje por
    No User Avatar
    Driver 1

Volver a “▷✅ TV Paga”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 8 invitados