Noticias de nuevos Cableoperadores
Publicado: 20 Ago 2015, 15:02
COOPERATIVA DE COLONIA CAROYA, AVALADA A EXPANDIR SERVICIO DE TV POR CABLE A JESUS MARIA
La AFSCA autorizó a la COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE COLONIA CAROYA Y JESÚS MARÍA LIMITADA de la provincia de Córdoba a expandir el Servicio de Comunicación Audiovisual por Suscripción por Vínculo Físico en la localidad de JESÚS MARÍA, cuya licencia le fuera adjudicada por originariamente para operar en la localidad de COLONIA CAROYA. Así consta en la Resolución 382 publicada en el Boletín Oficial del 11 de junio.
En el año 2012 la AFSCA le adjudicó a la Cooperativa la licencia de TV por Cable para operar en COLONIA CAROYA y recién el año próximo pasado se habilitaron las instalaciones y se avaló el inicio de las emisiones regulares.
Para autorizar la extensión del servicio, uno de los considerandos del acto administrativo fundamenta: "Que mediante Resolución N° 1325-AFSCA/14 se sustituyó el artículo 32 del Anexo II de su similar N° 432-AFSCA/11 disponiéndose que, en caso de tratarse de localidades ubicadas dentro de un mismo municipio o departamento, podrá solicitarse autorización para expandir el servicio, sin que sea necesario el cumplimiento de los requisitos de colindancia y menor densidad poblacional, pudiendo instalarse el cabezal del sistema indistintamente en cualquiera de ellas".
http://www.radiodifusiondata.com.ar/2015/jun15/coop.htm
La AFSCA autorizó a la COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE COLONIA CAROYA Y JESÚS MARÍA LIMITADA de la provincia de Córdoba a expandir el Servicio de Comunicación Audiovisual por Suscripción por Vínculo Físico en la localidad de JESÚS MARÍA, cuya licencia le fuera adjudicada por originariamente para operar en la localidad de COLONIA CAROYA. Así consta en la Resolución 382 publicada en el Boletín Oficial del 11 de junio.
En el año 2012 la AFSCA le adjudicó a la Cooperativa la licencia de TV por Cable para operar en COLONIA CAROYA y recién el año próximo pasado se habilitaron las instalaciones y se avaló el inicio de las emisiones regulares.
Para autorizar la extensión del servicio, uno de los considerandos del acto administrativo fundamenta: "Que mediante Resolución N° 1325-AFSCA/14 se sustituyó el artículo 32 del Anexo II de su similar N° 432-AFSCA/11 disponiéndose que, en caso de tratarse de localidades ubicadas dentro de un mismo municipio o departamento, podrá solicitarse autorización para expandir el servicio, sin que sea necesario el cumplimiento de los requisitos de colindancia y menor densidad poblacional, pudiendo instalarse el cabezal del sistema indistintamente en cualquiera de ellas".
http://www.radiodifusiondata.com.ar/2015/jun15/coop.htm